Recuperación de IVA repercutido por concurso de acreedores: pasos a seguir y plazos - ARRA Asesores

En el mundo de los negocios, es esencial estar al tanto de los procesos legales que pueden afectar nuestras finanzas y obligaciones fiscales. Uno de estos procesos es el concurso de acreedores. En este artículo, exploraremos los pasos y plazos para la recuperación de IVA en concurso de acreedores.

El IVA en el Concurso de Acreedores

La Ley del IVA en España establece un marco para la recuperación de las cuotas de IVA en situaciones diversas, incluyendo el caso en el que un deudor se encuentra en situación concursal. En estos casos, el proceso de recuperación implica la modificación de la base imponible, pero también conlleva requisitos específicos que difieren de los aplicados a la reclamación de IVA en facturas de deudores no concursados.

Pasos a Seguir

Para recuperar el IVA, se deben seguir los siguientes pasos:

  • Emitir una factura rectificativa en un plazo de tres meses desde la publicación del Auto de declaración de concurso. Es importante enviar esta factura no solo al deudor o cliente, sino también a la Administración Concursal, para que pueda reflejarlo en los Informes del pasivo del concurso. La dirección de correo electrónico de la administración concursal se encuentra en la publicación del Boletín Oficial del Estado (BOE) del Auto de declaración de concurso.
  • Después de emitir y enviar la factura rectificativa, el acreedor tiene un mes para notificar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) mediante el formulario publicado en la sede electrónica de la web de la AEAT, la realización de dicha rectificación.

Es importante destacar que no es posible rectificar facturas derivadas de operaciones cubiertas por seguros de crédito o afianzadas por entidades de crédito. Tampoco es posible rectificar facturas derivadas de operaciones con garantía real, por la parte cubierta, afianzada o garantizada, ni operaciones efectuadas con personas o entidades vinculadas con la sociedad acreedora.

La Importancia del Plazo

Desde el momento en que se publica oficialmente (BOE) la declaración de concurso del deudor, comienza a correr el plazo de tres meses para que el acreedor realice los trámites para reclamar a la administración el reembolso del IVA de las facturas. La publicación en el BOE de la declaración judicial del concurso es información pública, por lo que se puede consultar directamente en el buscador de Internet.

En resumen, la recuperación del IVA en situaciones de concurso de acreedores es un proceso que requiere una acción oportuna. Es esencial conocer el momento en que se publica el Auto de declaración de concurso, ya que el plazo de tres meses para emitir una factura rectificativa es improrrogable. Siguiendo las recomendaciones y pasos descritos en este artículo, minimizarás el riesgo de perder el derecho al reembolso del IVA y garantizarás un proceso fluido y efectivo de recuperación, si tienes alguna duda no dudes en consultar nuestra Asesoría contable en línea.