Asesoría fiscal inmobiliaria
Llevamos la fiscalidad y la contabilidad de quien alquila y de quien gestiona inmuebles: vivienda, temporada, habitaciones y turístico, con plataformas o sin ellas.
Habla con un asesorPara que alquilar te salga a cuenta
Alquilar parece sencillo hasta que hay que declararlo. La misma vivienda tributa de una manera con un contrato de año, de otra por temporada y de otra por habitaciones; y si la anuncias en una plataforma, lo que ingresas ya lo sabe Hacienda antes de que lo cuentes.
No solo llevamos tus cuentas: miramos cómo alquilas, qué gastos estás dejando de aplicar y en qué momento gestionar inmuebles deja de ser una renta y pasa a ser una actividad, con lo que eso cambia.
Cada forma de alquilar tributa de una manera
No es lo mismo una vivienda con contrato de año que una habitación, una temporada o un piso en Airbnb. Tampoco es lo mismo alquilar lo tuyo que gestionar lo de otro.
Alquiler de vivienda habitual
El caso más común y el que más condiciones tiene. Revisamos que el contrato encaje con las reducciones de la Ley de Vivienda, qué gastos y qué amortización puedes descontar de verdad y cómo se deposita la fianza.
Alquiler de temporada
Ni vivienda habitual ni turístico. Su encaje depende de para qué se alquila y durante cuánto, y desde 2025 necesita su número del Registro Único de Arrendamientos para anunciarse.
Alquiler por habitaciones
Un mismo inmueble con varios contratos y varios inquilinos. Cambia cómo se reparten los gastos, cómo se declara cada renta y qué pasa si una habitación queda vacía.
Alquiler turístico y plataformas
Airbnb y Booking informan a Hacienda de lo que ingresas. Lo que declares tiene que cuadrar con eso; hace falta la licencia de la comunidad autónoma y el registro, y si prestas servicios de tipo hotelero, hay IVA.
Rent to rent y gestión de inmuebles ajenos
Alquilar para realquilar, o gestionar lo de otro a cambio de una comisión, no es cobrar una renta: es un negocio, con su facturación, su IVA y sus obligaciones.
Gestión de activos y estructura
Cuando hay varios inmuebles, o varios propietarios, la pregunta deja de ser cuánto se paga por cada uno y pasa a ser cómo conviene tenerlos. Si el tamaño lo pide, lo seguimos en Real Estate de ARRA Corporate.
¿Cómo se declara el alquiler en la renta?
Como rendimiento del capital inmobiliario: los ingresos del año menos los gastos deducibles. Si el resultado es positivo y el inmueble es vivienda, puede aplicarse una reducción.
En los contratos de vivienda firmados desde el 26 de mayo de 2023 esa reducción va del 50 % al 90 % según el caso; los anteriores mantienen el 60 %.
¿Qué gastos puedo deducir?
El IBI, la comunidad, los seguros, la tasa de basuras, los intereses del préstamo, las reparaciones y la conservación, los suministros que pagues tú y la amortización del inmueble y de los muebles.
Los intereses y las reparaciones tienen un límite: no pueden superar los ingresos de ese inmueble, y lo que sobre se aplica en los cuatro años siguientes.
¿Tributa igual el alquiler de temporada?
Se declara del mismo modo, pero no tiene la reducción por vivienda, que es solo para la vivienda habitual del inquilino.
¿Y el alquiler turístico?
Tampoco tiene reducción. Y si además prestas servicios propios de un hotel, como limpieza durante la estancia o cambio de ropa, pasa a ser una actividad económica, con IVA.
Si el piso está vacío, ¿hay que declararlo?
Sí. Un inmueble que no es tu vivienda habitual y no está alquilado tributa por imputación de rentas, un porcentaje de su valor catastral.
¿Os ocupáis de varios inmuebles y de su estructura?
Sí: la declaración de todos tus alquileres y, si el patrimonio lo pide, el estudio de si compensa tenerlos a través de una sociedad.
¿Sabes cómo tributa cada uno de tus alquileres?
La diferencia entre una forma de alquilar y otra no es pequeña, y casi nunca se ve hasta que hay que declarar. Cuéntanos qué alquilas y cómo, y te decimos dónde estás.
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