Vender online a otros países de la UE: cuándo tienes que darte de alta en el OSS

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Unas manos colocan un paquete envuelto en una caja de cartón abierta, junto a jerséis doblados sobre una mesa blanca

Si vendes por internet a particulares de otros países de la Unión Europea, la pregunta no es solo si tienes que darte de alta en el OSS, la ventanilla única del IVA, sino de qué país tienes que cobrar el IVA. La respuesta depende de tres cosas: cuánto vendes fuera, desde dónde sale el producto y dónde estás establecido tú. Aquí te contamos cómo funciona el umbral de 10.000 euros, qué cambia con el dropshipping, qué pasa si vendes desde fuera de España o de la UE y qué ocurre si estás en recargo de equivalencia.

  1. Qué es el OSS y para qué sirve
  2. El umbral de 10.000 euros
  3. Lo que decide es desde dónde sale el producto
  4. Dropshipping y plataformas
  5. Si estás en recargo de equivalencia
  6. Cómo darte de alta y qué presentas
  7. Fuentes

Qué es el OSS y para qué sirve

Cuando vendes a un particular de otro país de la UE y el producto viaja hasta él, la ley llama a esa operación «venta a distancia intracomunitaria de bienes» (artículo 8.Tres de la Ley del IVA). Por encima de cierto volumen, esa venta tributa con el IVA del país del cliente, no con el español. Sin más, eso te obligaría a registrarte a efectos de IVA en cada país al que vendes.

El OSS (One Stop Shop) evita ese registro múltiple. Su nombre en la ley es «régimen de la Unión» (artículos 163 unvicies y siguientes): te das de alta una vez en la Agencia Tributaria, declaras cada trimestre el IVA de todos los países en una sola declaración y Hacienda lo reparte. Es voluntario: la alternativa es registrarte en cada país de destino.

El umbral de 10.000 euros

10.000 €

Es el límite anual, sin IVA, para el conjunto de tus ventas a distancia a particulares de otros países de la UE, sumadas todas y junto con ciertos servicios electrónicos. Por debajo, puedes seguir cobrando IVA español; por encima, cobras el del país del cliente (artículo 73 de la Ley del IVA).

Tres detalles que se suelen pasar por alto:

  • El límite no es por país: se suman las ventas a todos los países de la UE.
  • Se mira el año anterior y el año en curso. Si lo superas durante el año, desde ese momento tus ventas tributan en destino.
  • Aunque no llegues, puedes optar por tributar en destino desde el primer euro. La opción te vincula al menos dos años.

Y lo más importante: el umbral solo existe si estás establecido únicamente en España y el producto sale de España (artículo 68.Tres y Cuatro). En cuanto alguna venta sale de otro país, el umbral deja de aplicarse.

Lo que decide es desde dónde sale el producto

Para un particular de Francia que compra en tu tienda, lo que cambia el IVA no es dónde está tu empresa, sino desde dónde se envía el paquete:

  • Desde EspañaIVA español hasta los 10.000 euros anuales y francés por encima, que puedes declarar en el OSS.
  • Desde otro país de la UENo hay umbral. IVA francés desde el primer euro, también declarable en el OSS.
  • Desde fuera de la UEEs una importación. El OSS de la Unión no sirve; existe otro régimen, el IOSS, para envíos de hasta 150 euros.

Si el paquete sale de fuera de la UE con un valor de hasta 150 euros, puedes acogerte al régimen de importación o IOSS (artículo 163 quinvicies): cobras el IVA del país del cliente en la venta, lo declaras cada mes y la importación queda exenta en la aduana si se aporta tu número IOSS (artículo 66). Si el envío supera los 150 euros o contiene productos sujetos a impuestos especiales, el IVA se paga al importar, como en cualquier importación. Si tu empresa está fuera de la UE, para usar el IOSS necesitas, por regla general, un intermediario establecido en la UE.

Dropshipping y plataformas

En el dropshipping tú vendes, pero el producto lo envía directamente tu proveedor al cliente. Para el IVA, lo que cuenta es desde dónde sale ese envío, así que las tres situaciones anteriores se miran desde el almacén del proveedor, no a tu domicilio:

  1. Proveedor con almacén en España. Es como si enviaras tú desde España: cuenta para el umbral de 10.000 euros.
  2. Proveedor con almacén en otro país de la UE. No hay umbral: tus ventas a particulares de otros países tributan en destino desde la primera. La ley cuenta como venta a distancia la que el vendedor envía «directa o indirectamente, o por su cuenta» (artículo 8.Tres), pero no aclara del todo cómo se reparte el transporte cuando quien envía es tu proveedor, y de eso depende si esas ventas pueden ir al OSS o si tienes que registrarte en el país del almacén. Lo prudente es confirmarlo antes de la primera venta, junto con la compra a ese proveedor, que es una operación entre dos empresas de distintos países.
  3. Proveedor fuera de la UE. Cada pedido es una importación: IOSS hasta 150 euros o IVA de importación por encima. Aquí el OSS no te sirve.

Las plataformas cambian el reparto en dos casos concretos. Si un marketplace facilita la venta de bienes importados en envíos de hasta 150 euros, o la venta dentro de la UE que hace un vendedor no establecido en la UE a un particular, la ley considera que quien vende es la plataforma, y es ella la que cobra y declara el IVA (artículo 8 bis de la Ley del IVA). Si eres un autónomo o una empresa establecidos en España y vendes a través de una plataforma bienes que están en la UE, la venta sigue siendo tuya, y el IVA también.

Si vendes desde fuera de España, la situación cambia según dónde estés. Si estás establecido en otro país de la UE, el umbral y el OSS se aplican igual, pero en tu país. Si estás fuera de la UE, no tienes umbral y te puedes acoger al régimen de la Unión en el país desde el que salen los bienes.

Si estás en recargo de equivalencia

Si eres autónomo y vendes online como comerciante minorista, puede que estés en recargo de equivalencia, el régimen en el que el proveedor te cobra el IVA más un recargo y, en general, tú no liquidas el IVA de tus ventas (artículo 154 de la Ley del IVA). Solo se aplica a personas físicas y entidades en atribución de rentas, como una comunidad de bienes; una sociedad nunca está en recargo.

Ojo con esto

Estar en recargo no te libra del OSS. Si tus ventas a otros países tributan en destino, tienes que declarar e ingresar ese IVA: en el OSS, si te acoges a él, o registrándote en cada país. Y no podrás deducirte el IVA ni el recargo que pagaste al comprar la mercancía, aunque esas ventas no lleven IVA español. Así lo confirma la Dirección General de Tributos en la consulta vinculante V0150-25, de 12 de febrero de 2025.

Hay una segunda trampa para quien hace dropshipping en recargo: si compras a un proveedor de otro país de la UE, esa compra es una adquisición intracomunitaria y tienes que autoliquidar tú el IVA y el recargo, porque el proveedor extranjero no te los cobra (artículos 154.Uno y 156). En las importaciones también se exige el recargo (artículo 156).

Cómo darte de alta y qué presentas

Si tu empresa está en España, tu país de identificación para el OSS es España, y todo se hace en la Agencia Tributaria:

  1. Haz la cuenta. Suma tus ventas a particulares de otros países de la UE del año pasado y de este, y separa las que salen de España de las que salen de otros países.
  2. Presenta el formulario 035. Es la declaración de inicio en los regímenes de ventanilla única, aprobada por la Orden HAC/611/2021.
  3. Cobra el IVA del país del cliente. Con el tipo que corresponda a ese producto en ese país.
  4. Presenta el modelo 369. Cada trimestre, durante el mes siguiente, aunque no hayas vendido nada; en el IOSS, cada mes (Orden HAC/610/2021).
  5. Guarda el registro. De cada venta incluida en el régimen, durante diez años (artículo 163 duovicies).

En el 369 no se deduce el IVA soportado: si no estás en recargo, lo recuperas en tu declaración de IVA española, y el que pagues en otros países, por su propio procedimiento de devolución.

En el comercio online, el IVA no lo decide dónde estás tú, sino desde dónde sale el paquete.

Antes de abrir un canal nuevo, un almacén en otro país o un proveedor de dropshipping, conviene hacer estos números. En ARRA Core llevamos la fiscalidad de tiendas online y vendedores en plataformas: mira cómo trabajamos con el comercio electrónico, o, si tu operación ya cruza varios países, nuestro servicio de ecommerce internacional. También puedes contarnos desde dónde vendes y a quién.

Fuentes

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